REGLAMENTO DE BIBLIOTECA- CRA
COLEGIO SANTA MARÍA

 

TITULO I

MISIÓN Y FINES

1º) La Biblioteca-CRA del Colegio Santa María es una unidad destinada principalmente a capturar, organizar y difundir información y recursos educativos en general, tanto en el ámbito de la formación general pertinente a los distintos sectores curriculares, como en los ámbitos sociocultural y pedagógico-docente, para favorecer los aprendizajes de los estudiantes, el fortalecimiento de la labor docente y el desarrollo formativo de la comunidad interna y su vinculación con comunidad externa en que el Colegio está inserto.

2º) La misión de la Biblioteca del Colegio Santa María es brindar un servicio de referencia y préstamo bibliográficos, de material didáctico y otros recursos formativos, para atender las necesidades de búsqueda de información y de experiencias de aprendizaje enriquecedoras en el aula y al interior de la comunidad escolar.

La Biblioteca Escolar CRA (Centro de Recursos para el Aprendizaje), tiene como objetivo el asignado por el Mineduc, es decir, apoyar el logro de las metas de aprendizaje establecidas en el currículum nacional propuesto por la Reforma Educacional chilena y el fomento lector. De este modo, promueve el desarrollo de habilidades en los estudiantes, en diferentes áreas del conocimiento y la lectura, a través de una apropiación efectiva de los recursos educativos, en sus diversos formatos y soportes. Es un “espacio creativo de encuentro para la comunidad escolar, que busca fomentar el interés por la información, la lectura y el conocimiento, donde se diversifican las estrategias y recursos de enseñanza y se generan instancias activas para el aprendizaje”.

TITULO II

FUNCIONES

3°) La Biblioteca- CRA del Colegio Santa María tiene las siguientes funciones:

  • Planificar y gestionar el desarrollo de colecciones y recursos de información en distintos soportes.

En conformidad con los requerimientos del Ministerio de Educación:

  • Asegurar el acceso a la información, facilitando y difundiendo adecuadamente los recursos bibliográficos existentes.
  • Promover la realización de actividades de formación de usuarios, potenciando la máxima utilización de los recursos y servicios disponibles.
  • Promover convenios, programas y consorcios que, en el marco de las relaciones institucionales, posibiliten el acceso a nuevos servicios y beneficios para los usuarios de la comunidad escolar.
  • Evaluar la pertinencia y calidad de las colecciones
  • Procurar las condiciones que favorezcan la participación de la comunidad educativa en procesos de información y de lectura.
  • Apoyar los procesos formativos de los y las estudiantes para que desarrollen habilidades de lectura, escritura, pensamiento crítico, investigación, uso ético de la información, Cuidado de la Naturaleza y el entorno, entre otras.
  • Potenciar el rol estratégico de la Biblioteca-CRA en los procesos culturales y formativos de la comunidad educativa, por medio del fortalecimiento de redes de trabajo dentro y fuera de ella, especialmente con el equipo directivo y pedagógico, la familia y otros actores territoriales relevantes.

TITULO III

DISPOSICIONES GENERALES

4º) El presente Reglamento para usuarios de la Biblioteca establece los derechos, obligaciones y condiciones de uso, a que deben ceñirse sus usuarios.

5º) Todos los usuarios, tienen la obligación de conocer y cumplir las normas expuestas en este Reglamento.

6º) Se entenderá por usuarios, a las personas contempladas en el Título IV del presente Reglamento.

TITULO IV

DEFINICIONES

7º) Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

Material Bibliográfico: todo documento disponible en la colección de la Biblioteca, independiente del soporte o formato. Disponible en Biblioteca de Nivel Parvulario, en Biblioteca Básica y en Biblioteca Docente.

Obras de Referencia: material bibliográfico que suministra información de consulta directa y por su alto nivel de demanda no se presta fuera de la sala de lectura de la Biblioteca. Se incluyen bajo esta denominación: publicaciones periódicas, las copia uno y únicas de los informes u otros documentos o textos, diccionarios, enciclopedias, atlas, estadísticas, y otros similares. Disponibles en Biblioteca Básica y en Biblioteca Religiosa.

Obras de Reserva: material bibliográfico que se mantiene separado de la colección general y su préstamo es restringido. Disponible en Bibliotecas de Planes Lectores de los respectivos cursos.

Material didáctico: material o recurso cuyo soporte y/o formato bibliográfico y no bibliográfico que sirve para apoyar procesos de aprendizaje de aula dirigidos por un/una docente, y cuyo préstamo se condiciona a su solicitud, estando bajo su responsabilidad desde la entrega hasta la devolución. Disponibles en Biblioteca de Aula 1, en Biblioteca de Aula 2, y en Biblioteca Recurso Didáctico.

Material de entretenimiento: juegos de mesa y otros dispuestos de manera directa en horarios específicos de recreación de los cursos. Son responsables de su solicitud y entrega, así como de las condiciones y daños de los mismos, los estudiantes solicitantes y usuarios. Disponibles en Biblioteca Entretenimientos.

Usuario Interno: es el/la estudiante; docente; colaborador/a administrativo, técnico, profesional; y el/la apoderado/a de la institución y manipuladoras de alimento, que puede hacer uso de la Biblioteca y sus servicios, y que es regulado por el presente Reglamento.

Usuario Externo Inscrito: es el/la exalumno/a que ha completado su Educación General Básica en el Colegio Santa María y que hoy cursa la continuidad de Educación Media en otro establecimiento escolar y que está inscrito/a en el sistema de la Biblioteca. Este usuario se rige también por el presente Reglamento.

TITULO V

DE LOS USUARIOS

8º) El Sistema de Biblioteca distingue las siguientes categorías de usuarios: Interno y Externo Inscrito.

9º) Las personas comprendidas en estas categorías podrán hacer uso de las instalaciones o de las colecciones de la Biblioteca en los siguientes horarios, de acuerdo a la actividad o evaluación:

Préstamos CRA (durante actividad Regalo Lector)

Día

Entrega y devolución

Curso Horario de mañana

Entrega y devolución

Horario de tarde Usuario interno específico
Lunes 5to 09,05-09,50 hrs. xxx Estudiantes del curso
Lunes 6to 11,50-12,35 hrs. xxx Estudiantes del curso
Martes Pre-Kínder xxx 14,04-14,50 hrs. Estudiantes del curso
Miércoles 8v0 08,20-09,05 hrs. xxx Estudiantes del curso
Miércoles Kínder 10,10-10,55 hrs. xxx Estudiantes del curso
Miércoles 7mo 11,50-12,35 hrs. xxx Estudiantes del curso
Viernes 4to 09,05-09,50 hrs. xxx Estudiantes del curso
Viernes 3ero 10,10-10,55 hrs. xxx Estudiantes del curso
Viernes 1ero 11,50-12,35 hrs. xxx Estudiantes del curso
Viernes 2do 12,35-13,20 hrs. xxx Estudiantes del curso

Préstamos Plan Lector

Día Horario de mañana Horario de tarde
Lunes a viernes 07,50- 08,30 hrs hrs.
Martes 07,50- 08,30 hrs hrs 16,40-17,00 hrs.
Miércoles 07,50- 08,30 hrs hrs
Jueves 07,50- 08,30 hrs hrs 16,40-17,30 hrs.
Viernes 07,50- 08,30 hrs hrs

Préstamos material didáctico:

Especificación y solicitud Entrega Devolución
Mínimo con 24 hrs. de antelación Mínimo 10 minutos antes del ingreso a la clase o retiro al inicio de la jornada (completación de Ficha por el/la docente) Hasta 10 minutos después de haber concluido la experiencia de aula. Sólo devuelve el/la docente para consignar la devolución en la Ficha.

Préstamos de juegos recreativos: Nro. de estudiantes sujeto a capacidad de Biblioteca

Día Horario Cursos
Lunes 13,20-13,55 hrs 1° y 2°
Martes 13,20- 13;55hrs 3° y 4°
Miércoles 13,20-13,55 hrs 5° y 6°
Jueves 13,20-13,55 hrs 7° y 8°

TITULO VI

DE LOS SERVICIOS

10º) Todos los servicios Biblioteca se ofrecen de forma abierta y gratuita, exceptuando situación de pérdidas, deterioros u otros similares que demanden reposición por parte del apoderado o el responsable solicitante.

Párrafo 1°

Del Préstamo en Sala

11º) Todo el material bibliográfico existente en las colecciones de la Biblioteca podrá ser consultado en sala, excepto aquellas obras para las cuales se determine un régimen especial de consulta.

12º) El material bibliográfico que sea consultado en sala no podrá ser retirado de la Biblioteca, sin que previamente sea registrado en préstamo, si esto es posible.

Párrafo 2°

Del Préstamo fuera de Biblioteca

13º) Podrá ser retirado de la Biblioteca, aquel material bibliográfico que forme parte de la colección susceptible de ser prestada, el préstamo se realiza solo a usuarios inscritos en el sistema. En ningún caso, se prestarán fuera de la Biblioteca las Obras de Referencia y/u Obras de Reserva.

14º) Un usuario puede solicitar como máximo 1 material por préstamo del CRA y otro (1) del Plan Lector.

15º) La duración del préstamo a domicilio es:

  • 07 días (5 días hábiles más sábado y domingo), para textos del Plan Lector. Renovables si no hay reservas. En todo caso, el tiempo máximo de préstamo para los libros de este plan es de 10 días hábiles continuos o discontinuos.
  • 10 días hábiles para los préstamos CRA.
  • 15 días hábiles para los textos de Biblioteca Nivel Parvulario, Biblioteca Básica, Biblioteca Docente y Biblioteca Religiosa, siempre y cuando no sean obras de referencia u obras de reserva.
  • El material didáctico se presta sólo para la duración de la clase específica para la cual se solicita.
  • El material de entretenimiento sólo se presta en los horarios especificados arriba.

Para préstamos domiciliarios, el usuario debe realizar la renovación del servicio antes del vencimiento del préstamo y de manera presencial, y por quien lo haya solicitado y, como situación excepcional, por el apoderado/a.

16°) Priorización de los préstamos:

En cuanto a los tipos de usuario, siempre se privilegiarán y priorizarán los préstamos como se indica:

1er lugar: estudiantes

2do lugar: docentes

3er lugar: apoderados

4to lugar: colaboradores

5to lugar: exalumno/a

17º) Los Usuarios Internos que se alejen de la Institución, deben restituir a la Biblioteca, antes de su partida, la totalidad del material bibliográfico u otro recurso a ellos prestados. Biblioteca CRA entregará informe la primera quincena de noviembre, y un usuario podrá estar en la categoría de deudor hasta la rendición del último Plan Lector, fecha en que deberá hacer entrega para el cierre.

Título VII

DE LAS SANCIONES

18º) Las sanciones contenidas en este Título serán aplicables a los usuarios internos y externos ya especificados.

19º) Al usuario externo inscrito que se atrase en la devolución de material bibliográfico en préstamo, se suspenderá el servicio de préstamo a domicilio por el tiempo equivalente al atraso (1 día hábil de atraso = 1 día hábil de suspensión), y podrá aplicársele el art. 20°) de este Título VII.

20º) El usuario que restituya material bibliográfico u otro recurso dañado o deteriorado o que no lo restituya por cualquier causal, deberá reponerlo en su forma original, en un plazo máximo de 15 días hábiles, a partir del plazo obligatorio de devolución, o bien restituirlo en su equivalente en dinero al precio actualizado del mismo, en un período que no supere los 30 días desde la fecha de vencimiento del préstamo. Si no se encontrare el material específico que se adeuda, la Encargada del CRA le entregará una lista de títulos sugeridos como sustituto. En tanto no se restablezca la normalidad de la situación por cualesquiera de los medios señalados, se suspenderá al usuario todo tipo de préstamo.

21º) El usuario que sustraiga material bibliográfico de la Biblioteca, sin mediar la correspondiente autorización, o sea sorprendido hurtando material bibliográfico u otro recurso, será sancionado con la suspensión a su derecho de usar la Biblioteca y los antecedentes serán traspasados a la inspección y dirección de la Institución, para registrar la prohibición del ingreso al recinto Biblioteca-CRA.

22º) El usuario que sea sorprendido dando un mal uso a los recursos bibliográficos, computacionales, físicos, didácticos, de entretenimiento, etc. de la Biblioteca-CRA, será suspendido de los servicios de Biblioteca por 15 días hábiles. En caso de reincidencia, será multado por el valor actualizado del recurso nuevo.

“La lectura es a la inteligencia, lo que el ejercicio es al cuerpo físico”, Dr. Enrique Rojas

Puerto Montt, 23 de julio de 2024.-